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Preguntas frecuentes - Traducciones juradas



  • ¿Qué son las traducciones juradas?

Las traducciones juradas, o traducciones oficiales, son aquellas que tienen validez legal cuando se presentan ante Notario u Organismo oficial. Esta legitimación viene dada porque son realizadas, firmadas y selladas por un traductor con Título Oficial de Traductor e Intérprete Jurado, expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, una vez superadas unas estrictas pruebas. El traductor jurado actúa como Notario y da fe pública de la veracidad del contenido de la traducción.


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  • ¿Cuándo necesitaré una traducción jurada? ¿En qué casos se utiliza?

Normalmente, las traducciones juradas son obligatorias cuando hay que presentar un documento en otro idioma ante Notario u Organismo oficial a la hora de realizar algún trámite.

En todo caso, será el propio organismo destinatario del documento el que determine si se requiere o no una traducción jurada.

Existen determinados documentos que habitualmente necesitan de traducciones juradas: resoluciones judiciales, títulos académicos, diplomas, inscripciones en Registros, escrituras empresariales, certificados de notas, certificados de penales, informes médicos, actas notariales...

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  • Para encargar traducciones juradas, ¿tengo que enviar los documentos originales?

No. Para encargarnos traducciones juradas, basta con que nos envíes el documento escaneado por correo electrónico. Si no dispones de escáner, puedes fotografiar las páginas en alta resolución y enviárnoslas por correo electrónico o bien hacernos llegar una fotocopia. En cualquier caso, no tendrás que desprenderte del documento original, ya que podemos realizar traducciones juradas a partir de las copias que nos envíes.

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  • ¿Hay diferencias entre un traductor jurado y un intérprete jurado?

No. El Ministerio de Asuntos Exteriores les otorga el título, una vez superadas una serie Títulos académicos, pruebas y exámenes. La actividad más demandada en el sector son las traducciones juradas, pero no se hace distinción entre traductores e intérpretes jurados. Por tanto, los términos "traductor jurado" e "interprete jurado" se pueden usar indistintamente.

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  • ¿Un traductor jurado podrá realizar traducciones juradas a otro idioma que no sea el español?

Los traductores jurados pueden hacer traducciones juradas al español y viceversa (por ejemplo, un traductor jurado que esté habilitado para francés, podrá firmar y sellar traducciones efectuadas del francés al español y del español al francés). Es el idioma de referencia de todos los traductores jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y reciben de este organismo acreditación con respecto al idioma o idiomas en los que podrá trabajar. Un mismo traductor jurado puede acceder a la habilitación en distintos idiomas, siempre que supere las pruebas pertinentes.

El traductor jurado no podrá traducir o aludir sobre las partes del texto que figuren en un tercer idioma, si no está habilitado para ello. Esa parte deberá permanecer sin traducir, como en el original.

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  • ¿Tienen validez en el extranjero las traducciones juradas realizadas por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español?

En principio, el trabajo de los traductores jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores español sólo tiene carácter oficial en el territorio nacional. Si bien es cierto lo anterior, las autoridades de otros países pueden admitir nuestras traducciones juradas en determinados casos.

El cliente deberá asegurarse, siempre antes de la presentación del documento y bajo su responsabilidad, que la traducción jurada que va a presentar será admitida por el destinatario. Es posible que sea necesario añadir a la traducción jurada algunas formalidades, como la legalización de la firma del intérprete o el visto bueno de un consulado.

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